1/ La apertura de estaciones de servicio desprovistas de personal laboral vulnera los derechos de las personas con discapacidade al ir en contra de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
2/ Las estaciones de servicio desatendidas vulneran directamente la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, incumpliendo los artículos 20, 21 y 26, que garantizan la igualdad de todas las personas y la no discriminación por razón de discapacidad, así como el derecho a que se adopten medidas que garanticen su autonomía y participación en la comunidad.
3/ Desde COGAMI proponemos que las gasolineras abiertas al público deban estar provistas de personal presencial que debe atender, apoyar y auxiliar a las personas con discapacidad que así lo requieran en la reposición de carburante, en caso de que no puedan efectuarlo por sí solas.
4/ Las gasolineras sin servicio de atención al público perjudican la accesibilidad universal y por lo tanto, la atención adecuada de más de un millón y medio de personas con discapacidad que tienen vehículo en España.
5/ La apertura de estaciones de servicio sin atención suponen un caso grave de exclusión en el acceso a los servicios esenciales por razón de discapacidad.
La Confederación COGAMI, como entidad miembro de la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE), ya se sumó el año pasado a una campaña de recogida de firmas a nivel nacional, en contra de la apertura de estaciones de servicio sin atención. Se consiguió más de 100.000 firmas, de las cuales 5.000 las aportó el movimiento asociativo gallego.
Referencia:
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- PULSERAS Y COLGANTES DE AVISO MÉDICO - INDICATIVOS DE ALERTA MÉDICA
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INCIDENCIA Y PREVALENCIA
DEL LINFEDEMA