jueves, 5 de septiembre de 2013

GRAVES ERRORES Y FALLOS EN EL NUEVO CATÁLOGO ORTOPROTÉSICO GALLEGO, PUBLICADO EL 3 DE JUNIO DEL 2013 EN EL DIARIO OFICIAL DE GALICIA – DOGA, POR EL SERVICIO GALLEGO DE SAUDE - SERGAS

Con gran pesar hemos recibido la reciente publicación en el DOGA-Diario Oficial de Galicia, del “Nuevo” Catálogo Ortoprotésico Gallego. Para nuestra entidad, lejos de ser un elemento base para mejor atender a los afectados de linfedema, es un documento restrictivo y discriminatorio entre los enfermos. No nos debemos olvidar que las Prendas de Contención para linfedema son una parte esencial del tratamiento y que sin ellas la condición empeora.

A pesar de que ahora se especifica correctamente en el Catálogo la renovación de prendas cada 6 meses, persisten los graves errores, y se suma ahora la nueva del abono previo por parte del paciente, o en su defecto, por establecimientos ortopédicos que mediante convenio asuman este coste. Esta es una situación inasumible para la mayoría de afectados, y una grave discriminación en relación con las demás enfermedades crónicas, las cuales reciben el tratamiento que necesitan a través de farmacias, pagando solo un porcentaje según su renta y sin la necesidad de un abono total previo del producto.

Queremos matizar nuestra decepción, ya que en ningún memento los responsables del SERGAS se han puesto en contacto con nuestra entidad social para pedir opinión y consejo sobre el contenido y apartados del Catálogo Ortoprotésico correspondientes a los productos para linfedema, y que su publicación sin previo aviso en el DOGA-Diario Oficial de Galicia, nos cogió totalmente por sorpresa.  


GRAVES ERRORES Y FALLOS QUE APARECEN EN FORMA Y CONTENIDO:



1.   En el apartado de Descripción titulado: PRENDAS DE COMPRESIÓN PARA BRAZOS, PERNAS E OUTRAS PARTES DO CORPO, encontramos en la columna titulada Normas de Prescrición el siguiente anunciado: “Para queimados, Linfedemas de membros superiores, linfedemas graves de membros inferiores, e grandes queloides”.
Pensamos que aquí se produce una grave discriminación entre los afectados cando incorporan la palabra “graves” a los Linfedemas de miembros inferiores,  requiriendo para los últimos un mayor grado de afectación. Los linfedemas tanto Primarios Congénitos como Secundarios por variedad de causas, sean de miembros superiores como inferiores, tienen todos la misma evolución y necesidades en cuanto tratamiento y prestaciones. Poner la palabra “grave” para los linfedemas inferiores es totalmente incongruente, puesto que lo que se pretende con las prendas, es precisamente que los miembros afectados no evolucione hacia la gravedad.


2.   En el apartado de Descripción titulado: Luvas de Compresión (guantes de compresión); aquí mencionan prendas sólo para las manos, y no incluyendo o haciendo mención alguna a las prendas que son igualmente necesarias para los dedos de los pies linfadematosos.


3.   Tampoco hay referencia ni apartado alguno, para ótras zonas afectadas no especificadas, como pueden ser prendas para espalda, mamas, cara, etc. Aquí hay igualmente una nueva discriminación al no incorporar y proporcionar igual necesidad de prendas para todos los linfedemas, cuando todos tienen la misma evolución y necesidades de contención.

4.        En la página 19819 del DOGA de 3 de junio del 2013,  se indica  “Axudas para terapia circulatorio” y se indica en Normas de prescripción lo siguiente: que han de ser productos de material elástico, hipoalerxénicos  homologados , e fabricados a medida e sen costuras (sin costuras), segundo os grados de compresión e distribución prescritos ( 20 a 60 mmHg)  e cun coeficiente de elasticidade entre 100 e 250%”.

Es precisamente lo indicado en negrita lo que está mal. Lo primero, porque el material fabricado a medida para linfedema es con costuras y, en segundo lugar, si es material sin costuras, la elasticidad que se indica no es correcta, porque la elasticidad de tejido sin costuras es de hasta un 800%. Mientras que el material con costuras, que es el fabricado a medida implica una elasticidad que oscila entre el 100 al 250%.

5.  En la parte correspondiente a precios de productos, en concreto a las mangas y guantes ( para tratamiento de linfedema ,ect ) indican precios que se corresponden a productos fabricados estándar en tricotado circular y no fabricados a medida en tejido plano. Es paradójico que lo que se paga por un guante, sea más que por una manga con guante ( véase página 19821 del DOGA 3 junio 2013 ).
























 PINCHA SOBRE TEXTO 
PARA VER INFORMACIÓN SOBRE 
INCIDENCIA Y PREVALENCIA 
DEL LINFEDEMA
















CAMPAÑA DE LINFEDEMA



Para una concienciación global se está pidiendo a la 
OMS - ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
que nombre: 
"LINFEDEMA - CONCIENCIACIÓN Y TRATAMIENTOS" 
como campaña para el Día Mundial de la Salud 



KATHY BATES
ACTRIZ DE UN OSCAR - EMBAJADORA DE LINFEDEMA



FIRMA LA PETICIÓN AQUI